El reparto de utilidades en México, son parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva que ofrece en el mercado, para los trabajadores es una de las prestaciones laborales más antiguas.
Es un derecho laboral que tiene un componente fiscal, la obligación surge a partir de las ganancias que las empresas reportan en su declaración anual de impuestos ante el SAT.
¿Cuándo se debe recibir el Reparto de Utilidades?
El pago del Reparto de Utilidades debe realizarse a más tardar el 30 de mayo para los trabajadores que laboran en una empresa (persona moral). En el caso de quienes trabajan para un empleador individual (persona física), el pago debe efectuarse a más tardar el 29 de junio.
La fecha límite para recibir el pago de las utilidades es el 31 de mayo. Esto se debe a que la Ley Federal del Trabajo (LFT) concede a las empresas un plazo de 60 días a partir del 31 de marzo, que es la fecha límite para la declaración anual, para cumplir con esta obligación. Las empresas que no paguen las utilidades pueden enfrentar multas que van de los 22,628 a los 565,700 pesos, y la multa puede fijarse por cada trabajador afectado.
Te puede interesar: Nueva Ley de Propinas 2025 en México cambiará salarios de meseros, gasolineros y repartidores
El monto a repartir corresponde al 10% de las utilidades reportadas por la empresa.
Días trabajados: Una parte del 10% de las ganancias se reparte por igual entre los trabajadores considerando el número de días laborados.
Salario percibido: La otra parte se divide proporcionalmente con base en el salario percibido.
Tope: Con la reforma de subcontratación, se incorporó un criterio adicional: un tope de tres meses o el promedio de los últimos tres pagos de PTU recibidos. Se paga la cantidad que resulte más alta entre el tope de tres meses de salario y el promedio de los últimos tres.

¿Para quiénes No aplica el Reparto de Utilidades?
El reparto de utilidades contempla excepciones sobre quiénes participan. Generalmente, todos los trabajadores tienen derecho a recibirlo, pero no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales. Las trabajadoras con licencia de maternidad o empleados con incapacidad temporal por riesgo de trabajo también participan, y los días que están ausentes se consideran como tiempo activo para el cálculo de la prestación.






