Tepic.- El nuevo Sistema Judicial Laboral en Nayarit entrará en vigor el 3 de octubre, por lo que el Pleno del Consejo de Judicatura aprobó las convocatorias para un concurso de oposición y dos exámenes de aptitud para seleccionar personal de los tres Juzgados Laborales.
En la sesión que presidió la Magistrada Rocío Esther González García, el Consejo otorgó su voto unánime en favor de los proyectos de las Comisiones Unidas de Evaluación y Carrera Judicial para:
1.- El concurso de oposición para Jueces Especializados en Justicia Laboral.
2.- El examen de aptitud para Secretarios Instructores en Materia Laboral.
3.- Un examen de aptitud de Actuarios en Materia Laboral.
“La fecha límite de registro de aspirantes es el 28 de junio y la relación de personas aceptadas para los respectivos procesos de selección será publicada dos días después”, detalló el Poder Judicial.
A continuación te dejamos las tres convocatorias íntegras:
1. Juez(a)
2. Secretaria(o)
3. Actuaria(o)
¿En qué consistirán los Centros de Conciliación Laboral?
Antes de demandar, será obligatorio intentar alcanzar un acuerdo con los profesionales capacitados en medios alternos de solución de conflictos.
De no lograr conciliar las partes podrán acudir a los Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial, con juicios orales, ágiles, modernos, expeditos y en presencia de un Juez.
Con este nuevo sistema, las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán, una vez que concluyan su rezago.
¿Cómo será la etapa de conciliación?
1.- Se regula por los artículos 684-A al 684-E de la Ley Federal del Trabajo.
2.- La Instancia será gratuita, imparcial y confidencial. Además es rápida y ágil pues tiene una duración máxima de 45 días.
3.- De no lograr un acuerdo, se emitirá una constancia de no conciliación para poder iniciar un juicio ante los Tribunales Laborales Competentes.
4.- No será necesario agotar esta instancia en casos de discriminación, acoso y violencia laboral, y en general, violaciones a los derechos humanos; así como para la designación de beneficiarios, entre otros.
¿Cómo será la etapa del juicio?
1.-Se regula por los artículos 870 al 891 de la Ley Federal del Trabajo.
2.- El nuevo procedimiento laboral se rige por principios de oralidad, inmediación, continuidad, concentración y publicidad.
3.- La fase escrita consiste en la presentación y contestación de la demanda, incluyendo las pruebas; y en la admisión de réplicas y reconvenciones.
4.- La fase oral consiste en dos audiencias:
a) Audiencia preliminar. Se depura el procedimiento, se establecen hechos no controvertidos, se admiten o desechan pruebas y se cita a audiencia de juicio.
b) Audiencia de juicio. Se desahogan pruebas, se formulan alegatos y se emite sentencia.







