La Guardia Nacional aprobada constitucionalmente en marzo pasado, ya puede operar en el país, aunque de forma incompleta. Al parecer de una ley propia, de requisitos definidos de reclutamiento y, por ende, de elementos propios formados y capacitados, su despliegue solo puede llevarse a cabo con militares transferidos, formados por el Ejército y la Marina, bajo algunas condiciones.
La reforma constitucional en materia de Guardia Nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación, dice que esta nueva fuerza necesita tres leyes complementarias, ninguna de las cuales ha sido expedida.
Una de ellas es la Ley de la Guardia Nacional, que según la reforma constitucional, debe resolver al menos ocho aspectos, desde la conformación y regulación, hasta la colaboración con los estados.






