
El Senado de la República de México ha votado para prohibir las terapias de conversión en todo el país. Estas prácticas, también conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación y la Identidad de Género (Ecosig), han sido objeto de debate y controversia durante años.
La nueva legislación establece penas de dos a seis años de prisión para quienes realicen, obliguen o financien cualquier tipo de tratamiento, terapia o práctica que busque cambiar la orientación de una persona. Además, se aplicarán multas de 1,000 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Este avance legislativo es el resultado de una lucha de casi seis años en el Congreso de la Unión y diversos foros públicos contra la idea de que la identidad de género o la orientación son condiciones que pueden y deben ser “curadas” o «corregidas». Las reformas adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud, y precisan que las sanciones se duplicarán cuando las conductas se realicen en contra de menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.
La decisión del Senado ha sido celebrada por legisladores, activistas y organizaciones de la sociedad civil, quienes han visto en esta prohibición un paso adelante en la protección de los derechos humanos y la diversidad en México.





