“De ahí que, los actos reclamados no pueden ser objeto de estudio por este juzgador, mediante el juicio constitucional, porque se quebrantaría la estabilidad jurídica que tienen todos los procesos; y de aceptar lo contrario, se daría la posibilidad de que se tramitaran un sin número de juicios de amparo, impidiendo el cumplimiento de una sentencia constitucional ejecutoriada (…)”
Lo anteriormente escrito es parte de una resolución mediante la cual el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo desechó una demanda de Elsa Nayeli Pardo Rivera, David Horacio Salas García y Patricia Tozcano Gómez, presidenta, síndico y tesorera del Ayuntamiento de Ixtlán del Río.
Básicamente, los funcionarios municipales se duelen de actos del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo, y del Servicio de Administración Tributaria (SAT), puesto que, se aseguró, se realizan gestiones “inconvenientes e inconstitucionales” que conducirían al cobro de multas relacionadas con los expedientes 2004/2018, 2005/2018, 2007/2018, 2319/2018, 264/2020, 129/2020 y 1149/2019 que ha conocido el Juzgado Segundo.
El acto de molestia de los funcionarios de Ixtlán del Río se basa en que existen recursos de queja interpuestos ante tribunales colegiados en contra de los fallos, y dado que los mismos aún no son resueltos, consideran, deberían frenarse los trámites de cobro.
Sin embargo, el Juzgado Tercero precisó:
“…debe declararse la improcedencia de este juicio, en aras del debido respeto y cumplimiento que debe darse en la ejecución de la sentencia protectora de los juicios de amparo”, antes señalados.
La decisión de desechar la demanda fue conocida la semana pasada, por lo que los funcionarios presentaron un recurso ante un Tribunal Colegiado, insistiendo que sea admitida.
El cobro de multas, muchas de ellas producto de sentencias laborales a favor de trabajadores, es un problema que arrastran los ayuntamientos y que impacta en sus finanzas.
Como puede advertirse, los juicios identificados por su número corresponden a años pasados, antes del inicio de la presente administración en septiembre del 2021.
* Esta información es publicada con autorización de su autor. Oscar Verdín Camacho publica sus notas en www.relatosnayarit.com






