El Servicio de Administración Tributaria (SAT), establece que las propinas son parte del salario de un trabajador y debe retenerse el Impuesto Sobre la Renta (ISR).
El artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo, indica que las propinas que reciben los trabajadores de hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares y otros establecimientos análogos, son parte del salario del trabajador.
“Por lo anterior, las propinas antes referidas que les sean concedidas a los trabajadores deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que, en su caso, resulte a cargo del trabajador, en los términos del artículo 96 de la Ley del ISR”, de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Santiago Martínez Dordella, presidente local de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados, en entrevista para el diario Zócalo, señaló que hay inconsistencias ya que la Profeco no obliga a sugerir un monto para la gratificación, por lo que es difícil conocer los montos y establecer cuánto recibe una propina.






